Bajasde 61 o más días: En los procesos de duración estimada larga el primer parte de confirmación se expedirá en un plazo máximo de catorce días naturales desde la fecha de la baja médica. El segundo y sucesivos partes de confirmación se expedirán cada treinta y cinco días naturales, como máximo.
Categoría Subsidios y otras Prestaciones > Tema: Incapacidad temporal. La información de los partes de baja y alta que envían los Servicios Públicos de Salud o Mutuas se puede consultar en las etiquetas: DIT “Datos de Incapacidad Temporal”. IT2 “Datos de Incapacidad Temporal 2”. La información de los partes de confirmación que
Losposteriores partes de confirmación -después del primero-, si son necesarios, no se podrán emitir con una diferencia superior a 28 días naturales entre sí. Procesos de IT de 61 o más días naturales. El facultativo consignará en el parte de baja, la fecha prevista de revisión médica, que no podrá exceder de 14 días naturales a la

Porlo general, el trabajador debe enviar el parte de baja entre los 7 y los 15 días después de haber decidido dejar su empleo. Sin embargo, dependiendo de la empresa, este plazo puede ser más largo. Es importante que los trabajadores conozcan los requisitos de su empresa para realizar el trámite de forma correcta.

Enprimer lugar, en los procesos de incapacidad temporal cuya gestión corresponda al servicio público de salud y su duración prevista sea superior a 30 días naturales, el segundo parte de confirmación de la baja irá acompañado de un informe médico complementario expedido por el facultativo que haya extendido el parte anterior, en el que se recogerán Enlos procesos de más de 61 días naturales: el primer parte de confirmación se emitirá a los 14 días tras el parte de baja. Los sucesivos, en el plazo máximo de 35 días desde el parte anterior. Cuando el proceso llega a 365 días, pasa a ser controlado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social(INSS) / Instituto Social de la . 3 88 239 407 293 31 388 116

parte de confirmación de baja en festivo